RECIBO DE RENTA. NO SE ENTREGARÁ AL INQUILINO… EN CASO DE
SÍ UN INQUILINO NO PAGA LA RENTA COMPLETA, NO SE DEBE ENTREGAR EL RECIBO.
Se le hará un abono parcial y se le dará un recibo provisional.
Muy importante, NO SE DEBEN HACER MAS RECIBOS FISCALES, mientras el inquilino no vaya liquidando lo que adeuda.
Normalmente el casero sigue elaborando sus recibos y luego tiene la creencia que le debe impuestos a Hacienda de dinero que no ha cobrado. Por eso para evitar controversia. Si no paga el inquilino no se emite el recibo.