SÍ UN INQUILINO NO PAGA LA RENTA COMPLETA, NO SE DEBE ENTREGAR EL RECIBO.
Se le hará un abono parcial y se le dará un recibo provisional.
Muy importante, NO SE DEBEN HACER MAS RECIBOS FISCALES, mientras el inquilino no vaya liquidando lo que adeuda.
Normalmente el casero sigue elaborando sus recibos y luego tiene la creencia que le debe impuestos a Hacienda de dinero que no ha cobrado. Por eso para evitar controversia. Si no paga el inquilino no se emite el recibo.
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