UN FORMATO DE APELACIÓN CONTRA SENTENCIA
CONTRA SENTENCIA QUE DECRETA ALIMENTOS
( 3ª PARTE DE 10 PASOS PARA REDACTAR UNA APELACIÓN):
———————————————————————————————–.
(Parte Actora O Demandante)
VS
(Parte Demandada)
Juicio de Alimentos
Exp: 25000/200ASUNTO: SE INTERPONE APELACIÓN
C. JUEZ _____________ FAMILIAR
DE ______________, DEL ESTADO DE ________________
P R E S E N T E :
LIC. _______________________, con la personalidad de abogado patrono del demandado, debidamente reconocida en autos del juicio señalado en la parte superior del presente escrito, ante usted comparezco con el debido respeto a fin de:
E X P O N E R
Que por medio del presente escrito, estando en tiempo y forma, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 14, 16 y 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como lo dispuesto en los artículos 350, 351, 352, 353 fracción I, y demás relativos y aplicables del Código de Procedimientos Civiles vigente en el estado de Tabasco, respetuosamente vengo a INTERPONER EL RECURSO DE APELACIÓN en contra de la SENTENCIA DEFINITIVA de fecha ________________________ , en virtud de que la misma causa agravios a mi representado, mismos que hago valer en este escrito en la sección pertinente.
A efecto de dar cumplimiento a las disposiciones del artículo 354 de la ley Adjetiva vigente aplicable a la materia, señalo como domicilio para oír y recibir toda clase de citas y notificaciones y documentos el ubicado en: _____________________ _______________________________________________________________
Designando como abogados a los C.C. ________________ , ______________, conjunta e indistintamente, quienes por el solo hecho de la designación, quedan facultados en términos de los preceptos legales invocados, para efecto de que me representen en esta instancia.
Señalando como constancias para integrar el testimonio de apelación todo lo actuado en el presente juicio. Inclusive el cuaderno incidental promovido por mi representado.
Continuando con la impugnación de cuenta, me permito manifestar las lesiones jurídicas que causa la resolución que se combate, que se redacta de acuerdo con los siguientes antecedentes y agravios:
A N T E C E D E N T E S
- Resulta que las partes del juicio en compañía de sus hijas tenían su domicilio conyugal en ___________________ , donde vivían en
- Sin embargo la actora abandonó el domicilio conyugal y abandonó a su esposo, renunciando voluntariamente a su derecho a pensión alimenticia y las condiciones de confort que tenía y decidió unilateralmente vivir en otra parte. Lo anterior sin la anuencia de su esposo, quien nunca estuvo de acuerdo en ser separado de sus hijas.
- Mi representado fue emplazado a este juicio de alimentos, promovido por la actora por sí y en representación de sus hijas. Sin soslayar que en el escrito inicial de demanda se encuentran afirmaciones positivamente mentirosas que no resultaron probadas y que por ende resultan difamatorias.
- Tramitado el juicio principal, llevándose a cabo en su momento procesal correspondiente el desahogo de pruebas, donde mi representado claramente acreditó el extremo de sus excepciones y defensas, afirmaciones y pretensiones. Demostrando que ambos cónyuges estaban divorciados, que la contraparte fue quien abandonó el domicilio conyugal y que la actora tenía profesión la cual antes ejerció.
- El Juez dictó la sentencia definitiva de marras, en donde hipotéticamente defiende a las menores y a la madre de estas deliberadamente parcial le concede un beneficio al que la actora perdió derecho con su actuación. Flagrante violación al principio de imparcialidad destinada a beneficiar metalegalmente a la actora, esto es así porque no ha dado el mismo valor a las probanzas ofrecidas por una parte y por la otra.
- Finalmente mi representado me ha indicado que ha sobrevenido un hecho superveniente, consistente en que la actora, actualmente YA SE ENCUENTRA TRABAJANDO. Y que como es profesionista esta trabajando por su cuenta.
- A continuación, procedo a transcribir la RESOLUCIÓN de la citada SENTENCIA, misma que coloca en desequilibrio jurídico a mi representado:
R E S U E L V E
(…)” IIº – La actora ________________ por si y en representación de las menores de edad, probó los elementos constitutivos de su acción de alimentos en contra del demandado quien compareció a juicio y no justifico su defensa.
(…)” IIIº – Se condena al demandado, a proporcionar por concepto de pensión alimenticia para sus menores hijas el 48% (cuarenta y ocho por ciento) Y para la actora por su propio derecho el 12% (doce por ciento), misma que sumadas hacen el total de 60% (sesenta por ciento), Del sueldo base y prestaciones ordinarias, así como las extraordinarias y demás prestaciones a las que tenga derecho el demandado, de conformidad lo dispuesto por el artículo 84 de la ley federal del trabajo.
(…)” IVº- Para dar cumplimiento a la pensión alimenticia decretada, gírese oficio al jefe del departamento de recursos humanos, para que ordene a quien corresponda haga efectivo el descuento decretado en definitiva a favor de la actora y sus menores hijas.
Seguidamente, me permito manifestar las lesiones jurídicas que ocasiona la SENTENCIA que se combate, misma que contiene los siguientes:
A G R A V I O S
La siguiente semana podrá bajar la segunda parte,
O consultarla directamente en nuestro sitio www.escueladelitigantes.com
Sí necesitas formatos profesionales como éste, puedes adquirir nuestra colección de compilaciones en Materia Civil, Familiar y Mercantil.
Pide informes al correo fidelep@hotmail.com
Oficina en Gregorio Méndez 1405-10, Nueva Villahermosa, Villahermosa Tabasco, México. Tel. 01 99 33 15 59 54
10 PASOS PARA REDACTAR UNA APELACIÓN.
Partes 1 y 2.
En principio creo que es conveniente aclarar que la primera apelación es probablemente el reto más grande que enfrenta un litigante novato(a), y esto es así por dos razones; primero porque evidentemente acaba de perder un juicio y eso emocional e intelectualmente lo tiene devastado, puesto que, por las razones que fueren; no esperaba perder el juicio, ni tener que darle la cara al cliente, ni explicaciones de porqué se perdió el caso y muchas veces cuando nos encontramos en ese supuesto caemos en la fácil tentación de echarle la culpa al juzgador, lo cual en el 60% de las casos de es falso y en el 40% de los casos es completamente cierto puesto que el juez puede resultar un enemigo que esté dispuesto hacernos la vida difícil porque le caemos gordos, entre otras razones.
La segunda razón resulta más trascendente, porque está se trata de que tenemos que enfrentar la ignorancia, es cierto porque se ignora cómo se hace un recurso, se ignora cómo se escribe, se ignora cómo debe hacerse, que debe escribirse, cuando debe de presentarse.
Pues bien este artículo no pretende ser una solución a un problema tan amplio sino un complemento del anterior escrito y una guía o ”Norte» de cuáles son los primeros pasos para combatir una sentencia que se presume ilegal tal como señalamos en el numeral 2 antes señalado.
LOS 10 PUNTOS que seguir para redactar una apelación son:
Punto número uno.
Ubique en el código procesal de su estado el capítulo correspondiente a los recursos y en específico a la apelación, en este capítulo vamos a buscar primero el término es decir saber cuántos días tenemos para presentar el recurso de apelación y ante cual autoridad debe de presentarse la apelación ya que por Norma general la apelación se presenta ante el mismo juez que dictó la sentencia sin embargo hay lugares en donde la apelación se presenta con el juez y los agravios se presentan con el Tribunal Superior o magistrados. El mismo punto también deberemos localizar Cuántas copias son necesarias de presentar con el recurso puesto que normalmente se presenta una copia para la contraparte. (Entiéndase en estos casos que es un original, una copia para la contraria y una copia que es nuestra o acuse de recibo) , en fin lo correcto sería leer todo el capítulo de “LA APELACIÓN” para tener en cuenta todos los detalles legislativos y requisitos de proceso que nos pide nuestro código adjetivo.
Punto número 2. Estudio serio de la sentencia y de la legislación aplicable.
Como segundo punto y por más que caiga gordo, es un deber leer toda la sentencia con mucho detenimiento y detalle, para buscar y encontrar las partes en las cuales el juez se ha equivocado. (Se vale subrayar, marcar y anotar todas las anomalías que se vayan observando al leer) De tal manera que habiendo estudiado la sentencia ahora estudiaremos la normatividad aplicable y tendremos que ir sacando ideas y conclusiones, como: ¿cuales son los artículos que el Juez debió aplicar y no aplicó? , ¿Qué consideraciones de las pruebas debió el juez seguir para dictar la sentencia? . Y aquí quiero subrayar que es crucial encontrar equivocaciones del juzgador sea en el fondo o en la forma para descubrir, Cuáles son los preceptos legales que el Juez violentó, sea que no los aplicó o que los aplicó incorrecta o parcialmente.
Punto número 3. Jurisprudencias favorables.
Una vez que encontramos los errores del juez y la legislación que debió aplicarse y la aplicable, vamos a seguir en el estudio, buscando jurisprudencia que nos ilustre de cómo se han resuelto asuntos parecidos y en el mejor de los casos que exista jurisprudencia firme y obligatoria que diga exactamente que el juez se equivocó en el fondo o en la forma, de tal manera que ahí habremos descubierto que debe corregirse la sentencia.
Aquí quiero señalar algo bien importante y es que debemos distinguir cual es Jurisprudencia y cual no es, porque la tesis “aislada” NO ES JURISPRUDENCIA. No debemos saturar nuestro escrito de tesis aisladas, que no son jurisprudencias, no es de buen gusto y denota ignorancia.
Solo como excepción a esta regla propia, se vale cuando se trata de descubrir el sentido de una norma, es decir, para buscar una técnica de interpretación.
Lo anterior en virtud de que hay que recordar que las tesis aisladas no son obligatorias
Por que no produce ninguna convicción en el juzgador de segunda instancia y sí denota una desesperada técnica de rellenar hojas a falta de sapiencia.
Artículo 217. La JURISPRUDENCIA que establezca la Suprema Corte de Justicia de la Nación, funcionando en pleno o en salas, ES OBLIGATORIA para éstas tratándose de la que decrete el pleno, y además para los Plenos de Circuito, los tribunales colegiados y unitarios de circuito, los juzgados de distrito, tribunales militares y judiciales del orden común de los Estados y del Distrito Federal, y tribunales administrativos y del trabajo, locales o federales.
Punto número 4. Iniciar la redacción
El tiempo corre, hay que estar pendientes y los términos son fatales [i] y por eso, hay que hacer este trabajo con la calma necesaria, para hacerlo bien, pensar bien a donde queremos llegar, pensar que aun cuando a nosotros nos parece clarisísimo (exageración mia) porque razón debimos ganar el asunto, no todos los juzgadores ven las cosas como nosotros, ni saben las cosas horribles de la parte contraria, que nosotros sabemos, pero que no formaron parte de la litis (¿será que el cliente aliena a su abogado?)
Para esta redacción, propongo la estructura del escrito con las siguientes partes:
1 Rubro y Proemio
2 Impugnación
3 Antecedentes
4 Agravios
5 Sí es necesario Pruebas. Y en su caso, sí hay supervenientes.
6 Salida y despedida (petitorios)
Todas las partes son importantes, es cierto que la ley no exige una forma preestablecida para la redacción de los agravios, lo cierto es que la mejor forma de hacerlo y hay que tenerlo en mente para ejercitarse en esa figura, es el silogismo jurídico. Repito que no es obligatorio, pero es la forma mas clara de demostrar la razón del caso. Ahora iremos explicando cada punto.
Punto número 5 el rubro y el proemio.
Consideró muy importante, antes de iniciar mi consejo sobre cómo redactar un escrito de apelación, comprender el concepto de comunicación judicial escrita, y desde mi punto de de vista, debemos compararlo a una plática, en la cual la parte interesada va relatando los hechos a la autoridad, es decir debemos de tener en cuenta al redactar que es una persona que se está dirigiendo a otra (tal como si fuera un plática, con secuencias y argumentos lógicos) y que en ese diálogo en dos momentos procesales, la parte va platicando al Ad quem, todos sus todas sus convicciones sobre el juicio llevado a cabo y que fue perdido y sobre todo lo que le favorece y fue soslayado así como lo que debe hacerse para reparar la violación a los preceptos legales que se señalan.
RUBRO. Se le llama rubro a los datos necesarios de identificación del expediente incluyendo la parte actora la abreviación del latinismo versus la parte demandada la clase de juicio y el número de expediente.
Inmediatamente después del rubro se escribe la autoridad hacia la cual va dirigido el escrito de cuenta.
Y a continuación empieza el proemio el cual es una presentación muy corta de la persona que promueve y de algunos datos esenciales sobre sí,
Me refiero aquí, a que el promovente dirá, por ejemplo: “Licenciado Juan Nepomuceno, en calidad de representante legal de la parte demandada señor _________________”
“Señalando como domicilio para oír y recibir citas y notificaciones y autorizando a los abogados _______________,”
Una sugerencia de mi parte es que en la autorización que se hace de los abogados, independientemente de autorizarlos como patronos, de acuerdo con el código procesal de lugar de que se trate la territorialidad del asunto también siempre se les autoriza como facultados expresamente en términos del artículo 12 de la Ley de Amparo para los efectos de que puedan interponer los amparos en nombre de la parte que los autoriza.
Y sin que quiera yo entrar en controversias es de señalarse que si se carece de esa autorización o de una mejor o un mandato específico para los abogados para interponer el amparo los amparos en la actualidad son desechados porque los magistrados estiman que El amparo debe interponerse por quien tiene interés jurídico y ha sufrido los daños de la violación de sus derechos humanos es decir el quejoso o su representante legal. Y Aunque parezca confusión Cuando digo representante legal me refiero explícitamente a que el abogado tiene una facultad expresa para interponer el juicio de amparo.
Vea la Jurisprudencia: Registro: 2018042
Una vez pasado el proemio hay que desarrollar el párrafo que señale como impugnación es decir donde se explícita que el escrito viene a impugnar la sentencia o resolución producida en fecha tal por el juez tal notificada en tal fecha y todo eso en virtud de que causa agravios que son de carácter irreparable.
Punto número 7. Antecedentes.
Varias personas y muchos jueces, nos han dicho que el capítulo “Antecedentes” resulta innecesario para la apelación, igual pensaba yo, me daba flojera escribir y por eso supongo que a ellos les da flojera leer, pero independientemente de eso lo que aquí trató de abordar es la funcionalidad práctica que proporciona verter antecedentes en el escrito de impugnación, y es que no se trata ahora de aventarse una novelita llorosa de la historia de los hechos, sino que se trata de conjugar un trinomio que nos llevará después a un silogismo jurídico, este trinomio serían los hechos reales (1) con los sucesos vertidos en el proceso(2) y la norma jurídica (3) de tal manera que el juzgador de apelaciones al leer va entendiendo como se desarrolló el juicio.
Y aquí quiero platicar un ejemplo que observé hace muchos años en un asunto donde una parte actora demandó el divorcio y me trajo su sentencia, la cual había perdido porque la demandada en aquel entonces metió su apelación y se concretó a decir que se le habían atropellado sus derechos (y nada mas, nada de agravios) y los magistrados supliendo la deficiencia de la queja optaron al ver una apelación tan deficiente por pulirla ellos mismos, de tal modo que al dictar la sentencia consideraron que eran procedentes los agravios, los cuales repito nunca fueron expresados por la parte demandada. Simplemente ellos interpretaron Qué era lo que ella trataba de hacer al decir que se habían atropellado sus derechos. Entonces revocaron la sentencia del Juez y decretaron que seguía vigente el matrimonio aún después de haberse separado las partes con más de 5 años de anterioridad. Bien; este ejemplo lo di porque al redactar los conceptos de violación del Amparo, tuve que explicarle a los magistrados a manera de antecedentes cuanto tenían las partes de haberse separado, cuántos años habían pasado, cuáles eran las pruebas que se habían desahogado en ese sentido, como ejemplo la credencial de elector de mi representado, que claramente señalaba un domicilio distinto del de la parte actora y como la misma identificación señalaba cuando se había tramitado, ya que el fin era demostrar varias cosas; la primera que el Ad quem se había equivocado al no darle valor a la credencial de elector, la segunda que era falso que el actor siguiera viviendo con la demandada, tercero que había cumplido con su obligación de dar alimentos estando separado.
Y como todas estas cuestiones que acabo de relatar deben de estar bien enmarcadas dentro de un texto normativo, el cual señalaba que procedía el divorcio con un año de separación siempre y cuando si el que se había separado era el hombre acreditará que estaba al corriente en el pago de sus alimentos; y haciendo un paréntesis, ahora les comentó que actualmente lo anterior no le importa nadie y lo digo con muina porque debería ser importante para los tribunales que las partes para reclamar un derecho de mostrarse en que están cumpliendo sus obligaciones a carta cabal.
Punto número 8. Agravios.
Los agravios son la parte esencial de la estructura del escrito de apelación, la ley no exige ninguna fórmula en especial para redactarlos, sin embargo se recomienda tratar de establecer una secuencia lógica entre la norma jurídica violentada y los hechos del proceso, para tener mejores oportunidades de que proceda.
Un ejemplo sencillo de entender es: sí la norma jurídica dice que los documentos públicos hacen prueba plena, entonces el juez cuando dicta la sentencia tiene que darle valor probatorio pleno a un documento público.
Código Procesal Civil Tabasco, Art. 319.- Documentos públicos.
Queda exceptuada de la disposición anterior la apreciación de los documentos públicos, los que tendrán valor probatorio pleno, y por tanto no se perjudicarán en cuanto a su validez por las excepciones que se aleguen para destruir la acción que en ellos se funde, salvo que en los términos del artículo 274 se impugne y acredite su falta de autenticidad.
Para abundar en nuestro ejemplo digamos que ese documento público se trata de una acta de nacimiento y entonces entre las pruebas se presenta esa acta de nacimiento y al dictar la sentencia, el juez dice que no se perfeccionó esta prueba con ningún otro medio que la fortaleciera.
Lo anterior resultaría una violación al procedimiento y al precepto legal indicado.
Entonces ahí, lo que tenemos que hacer es describir al Magistrado cómo es que el Juez violó la norma, se equivocó y no le dio valor probatorio a un documento y como con eso afectó los intereses y los derechos de una parte en el juicio.
Entonces voy a decir que no existen agravios mágicos que reviertan la sentencia no podemos confiarnos a ello, pero sí es cierto que, si tenemos una causa correcta y encontramos los errores cometidos por el A quo y lo sabemos explicar y poner en relieve ante el tribunal superior, entonces el Tribunal Superior debe corregir los errores y violaciones a la norma cometidos por él juez que dictó la sentencia. (aunque a veces como son el mismo bando, sostendrán la impertinencia)
Ahora sólo como comentario, que considero importante, he de decirles; que leo con mucha atención y con mucha calma las declaraciones que hacen la parte contraria en su demanda, sus escritos, alegatos, agravios y en las audiencias; esto porque normalmente las partes tienden en algún momento a decir verdad y a mostrarse tal como son. Y generalmente algunas verdades no les benefician.
Y luego que encuentras la confesión y/o frase que perjudica a la contraria entonces tienes que asegurarte que esa frase o confesión, sea tomada en cuenta y sea valorada como prueba probatoria plena. Puesto que es una confesión rendida ante autoridad judicial y si se da durante la audiencia de pruebas, la parte está protestada de conducirse con verdad.
ARTICULO 199, Código Federal de Procedimientos Civiles: La confesión expresa hará prueba plena cuando concurran, en ella, las circunstancias siguientes: I.- Que sea hecha por persona capacitada para obligarse; II.- Que sea hecha con pleno conocimiento, y sin coacción ni violencia, y III.- Que sea de hecho propio o, en su caso, del representado o del cedente, y concerniente al negocio.
Para entrenarse mejor, investiga y practica “Silogismo jurídico”
Punto número 9. Probanzas en Segunda Instancia.
En términos generales no se pueden ofrecer pruebas en la segunda instancia. Y esto es así porque técnicamente para eso sirvió el proceso de instrucción ante el juez de la causa, sin embargo existen algunas excepciones, que evidentemente están inscritas en la ley, en nuestro caso examinando el código de procedimientos civiles del Estado de Tabasco encontramos que el artículo 360 señala que sólo podrán admitirse pruebas cuando se refieran a hechos supervenientes y esto significa que son actos y omisiones realizados por cualesquiera de las partes, después de practicado el emplazamiento. Esto es muy frecuente en los asuntos de carácter familiar en donde las circunstancias cambian constantemente y las partes tienen que irse adecuando a nuevas circunstancias y los tribunales no deben quedar atrás respecto de estos hechos, como ejemplo para entender las afirmaciones previas, cuando en un caso de pensión alimenticia, la actora y mujer, posterior a que empieza a recibirla, empieza a trabajar y a recibir ingresos, este hecho necesariamente debería ser tomado en cuenta en la Sentencia. Entonces se convirtió en un hecho superveniente.
Entonces siguiendo las reglas es posible ofrecer pruebas supervenientes y para correspondencia con el ejemplo antes señalado, en ese caso podríamos ofrecerla confesional y el oficio a cargo del instituto mexicano del seguro social para demostrar que la persona se encuentra trabajando. Y sólo y exclusivamente relativos a ese hecho.
Punto 10.- Finalmente estaría el último punto o petitorios es importante pedir literalmente que la sentencia impugnada sea revocada y que en su lugar se dicte una que sea legal.
Igualmente nos petitorios podremos pedir algunas cosas ordinarias y extraordinarias por ejemplo la suspensión del proceso o la suspensión de la ejecución igual podemos pedir la aceptación de las pruebas en algunos casos también procede pedir la ejecución parcial de la sentencia. El fin y los petitorios se expresa de manera resumida qué es lo que se pide que el tribunal Superior haga con el escrito que tiene en la mano.
_________________________________________________
Aplica para República Mexicana.
¿Necesitas mas Seguridad? O ¿vencer el miedo a los Juzgados?
Una guía de escritos que han funcionado en Tribunales, obtén seguridad en tu redacción en las guías de formatos disponibles en materia Civil, Familiar, Mercantil y Amparos relacionados.
Estudia con ejemplos verdaderos.
Revisa la lista completa en
http://escueladelitigantes.com/nuestros-formatos/
O pide informes al Whatsapp 9932118767.
Y RECIBE GRATUITAMENTE UN BONO CON LOS SIGUIENTES FORMATOS
-CARTA PODER SIMPLE,
-MODELO DE CARTA PODER SIMPLE,
-MODELO DE CARTA PODER PARA LA CONDUSEF,
-MODELO DE CARTA PODER PARA REPRESENTAR A UN TRABAJADOR EN JUICIO LABORAL,
-PAGARÉS. MODELO EN SERIE DE 5.
Descarga gratuita :
http://escueladelitigantes.files.wordpress.com/2018/11/bonomuestra-2018-3-0.doc
[i] Cuando era estudiante, no entendía esa frase… Que ahora entiendo que significa que pasado el tiempo fenece el término y fenecido, no se puede actuar mas para el efecto concedido.