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Partes de la Demanda.

8 mayo, 2013

Normalmente me preguntan los alumnos: ¿Cuales son las partes que debe contener una demanda?

La respuesta aproximada es la siguiente:

—-PARTES QUE INTEGRAN LA DEMANDA—-

La ley no señala cuantas partes deben integrar una demanda, salvo como se dijo antes, deben cubrirse algunos requisitos (de los que no todos resultan obligatorios) .

De manera general podríamos decir que la demanda no tiene establecido un formato especial, es decir que los litigantes* pueden ejercer libremente su demanda, sin embargo a pesar de ello, sí existen algunos requisitos que deben ser cubiertos, que de manera amplia podemos decir que son: “Que, Quien, Como, Donde , Cuando y Por que” .

Por tradición o práctica, la demanda se compone de:

1.- Rubro

2.- Proemio

3.-Demanda

4.- Capítulo de Prestaciones

5.- Capítulo de Hechos

6.- Capítulo de Pruebas **

7.- Capítulo de Derecho.

8.- Puntos Petitorios.

9.- Firma

** El cual se recomienda siempre presentarlo con el escrito inicial, por que existen ya muchos tipos de juicio que lo exigen y algunos pocos no. Así que para evitar descalabros  se sugiere incluirlo desde la primera promoción.

Lo que la ley señala es lo siguiente Veamos por ejemplo el Código Federal de Procedimientos Civiles:

ARTICULO 322.- La demanda expresará:

I.- El tribunal ante el cual se promueva;

II.- El nombre del actor y el del demandado.

Si se ejercita acción real, o de vacancia, o sobre demolición de obra peligrosa o suspensión y demolición de obra nueva, o sobre daños y perjuicios ocasionados por una propiedad sobre otra, y se ignora quién sea la persona contra la que deba enderezarse la demanda, no será necesario indicar su nombre, sino que bastará con la designación inconfundible del inmueble, para que se tenga por señalado al demandado. Lo mismo se observará en casos análogos, y el emplazamiento se hará como lo manda el artículo 315;

Fe de erratas al párrafo DOF 13-03-1943

III.- Los hechos en que el actor funde su petición, narrándolos sucintamente, con claridad y precisión, de tal manera que el demandado pueda producir su contestación y defensa;

IV.- Los fundamentos de derecho, y

V.- Lo que se pida, designándolo con toda exactitud, en términos claros y precisos.

* Litigante: Aquél que se presenta a dirimir un derecho. (No es el abogado, sino el interesado)

Nota: La ley de Amparo sí establece requisitos de fondo y forma que deben cumplirse para que proceda la admisión de la demanda.

 

Atentamente,

Lic. Fidel EStrada Palma

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Demanda de Pensión Alimenticia.

14 junio, 2011

Los requisitos indispensables para interponer una demanda de alimentos son:
-Acta de nacimiento de los hijos.
-Acta de Matrimonio o comprobante del concubinato.
-Domicilio del demandado.
-Domicilio del trabajo del demandado.
-Una cuenta general de los gastos necesarios para la sobrevivencia.

La anterior es una lista de lo necesario para interponer la demanda, es evidente que mientras mas datos se den al Juez, es mejor y tiene mejores elementos para determinar la pensión.

Atentamente
Lic. Fidel Estrada Palma.
Asistencia Jurídica Familiar, Civil y Penal
Av. Méndez 1405, despacho 10, Col. Lidia Esther.
Villahermosa, Tabasco.
Tel (993) 3 15 59 94.
Web. http://www.AbogadosTabasco.com


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